¿Qué están haciendo nuestros 40 diputados locales?            

Estos son sus últimos posicionamientos:

Presentan diputadas resultados del Informe del Sistema Estatal para Erradicar la Violencia contra las Mujeres

En sesión ordinaria, el Congreso local aprobó el dictamen con proyecto de acuerdo relativo al Cuarto y Quinto Informe de acciones del Sistema Estatal para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres por razón de Género.

El dictamen presentado por las diputadas integrantes de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género, destaca que, del análisis de los resultados presentados en los informes de las actividades desarrolladas anualmente por las dependencias de los tres niveles de gobierno, que forman parte del Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres por Razones de Género, se observa que se han obtenido avances satisfactorios en la materia.

Asimismo, subraya que el cuarto informe de acciones gubernamentales para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres por Razones de Género se divide en dos apartados: el primero que contiene las acciones del Programa Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres por Razones de Género; y el segundo, las acciones para dar cumplimiento a la declaratoria de Alerta de Violencia de Género.

Cabe señalar, que entre las acciones realizadas por la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género, como parte del Sistema Estatal se encuentra la creación de espacios de discusión como el Conversatorio “Mujeres en Plural”, en el que se trataron temas como “Las Mujeres y la Democracia”; “La Recomposición Social a través de la Educación”; y “La Mujer en la Toma de Decisiones”.

De igual manera, se cumplieron los acuerdos tomados con el Instituto Electoral de Michoacán y la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres en Michoacán, los cuales tuvieron como objetivo construir un modelo único de atención para atender casos de violencia política hacia las mujeres, por razón de género, así como para revisar la propuesta de reforma legislativa al Código Electoral del Estado.

Por otro lado, se acudió al Conversatorio “Legislando por la Igualdad y con Perspectiva de Género”, el cual tuvo como objetivo impulsar el andamiaje legal para fortalecer la protección de los derechos humanos de las mujeres y niñas, acordando hacer un frente común desde los Congresos Locales.

También destaca la firma en el Palacio Legislativo de San Lázaro del “Pacto por la Vigencia Plena de los Derechos de las mujeres y Niñas Mexicanas”, como parte del programa de acciones emprendidas por las mujeres en su lucha por lograr que se concrete su derecho a contar con una vida libre de violencia de género.

Analizará Congreso iniciativas de reforma constitucional

Con la finalidad de dar cauce a diversas iniciativas que plantean reformas al marco constitucional, el Congreso local aprobó tres dictámenes, presentados por la Comisión de Puntos Constitucionales.

De esta manera se aprobó el dictamen por el que se declara ha lugar a la iniciativa que adiciona un segundo párrafo al artículo 138 de la Constitución Política del Estado de Michoacán, que tiene como propósito que cualquier institución educativa en el estado, no podrá condicionar, restringir, ni prohibir el derecho a la educación de cualquier ciudadano por razones de género, preferencia sexual, religión, maternidad o paternidad.

Al respecto, la comisión dictaminadora determinó que la propuesta de reforma no contradice las disposiciones del texto vigente de la Constitución, ya que el derecho a la educación no solamente se reconoce como garantía, sino como una necesidad básica de todo individuo para su enseñanza y progreso.

Asimismo, se declaró procedente la iniciativa por la que se reforma el artículo 2 de la Constitución local, para que la convivencia de niñas, niños y adolescentes, con sus padres, madres y familiares sea un derecho prioritario en las decisiones y actuaciones de la autoridades administrativas y judiciales, y en caso de que este derecho se restrinja u obstaculice, se dicten medidas inmediatas para reparar el daño.

Al respecto la comisión dictaminadora concluyó que la Iniciativa se encuentra dentro de los límites fijados por la Constitución local y los tratados internacionales de los que México forma parte, toda vez que no contraviene con las facultades que tiene el Congreso de la Unión; refiriendo que no reviste ningún tipo de inconstitucionalidad en el ámbito local.

De igual forma, se otorgó el ha lugar a la propuesta para reformar el artículo 2 con la que se pretende incorporar en el texto constitucional, la obligación por parte de las autoridades, de adoptar las medidas necesarias para que de manera progresiva se erradiquen las desigualdades y la pobreza.

Asimismo, promover el desarrollo social para que se alcance una justa distribución de la riqueza y del ingreso entre personas, además de establecer el derecho a un mínimo vital, el cual deberá de ser garantizado progresivamente por el Estado.

Diputados locales buscan incorporar en la Constitución el derecho al mínimo vital

El Pleno de la 74 Legislatura declaró el ha lugar para admitir a discusión, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2° de la Constitución Política del Estado de Michoacán, a propuesta de los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales.

La propuesta legal, pretende incorporar en el texto constitucional la obligación por parte de las autoridades, adoptar medidas necesarias para que de manera progresiva se erradiquen las desigualdades y la pobreza, así como para promover el desarrollo social y se alcance una justa una justa distribución de la riqueza y el ingreso entre personas.

Aunado a ello, se busca establecer el derecho a un mínimo vital que deberá ser garantizado progresivamente por el Estado, indicaron los legisladores, y toda vez que la materia en estudio no presenta limitaciones para que las Legislaturas conozcan estos temas, resulta necesario legislar desde el Congreso michoacano para garantizar la protección más amplia de la persona.

Así, la normativa en comento, manifiesta que el derecho al mínimo vital dentro del marco constitucional, abarca todas las acciones positivas o negativas imprescindibles para evitar que la persona se vea reducida en su valor íntimo como ser humano, dotándole no sólo protección económica, sino también de una tutela vinculada con la dignidad del individuo.